EUDR y café: guía completa sobre el Reglamento Europeo contra la Deforestación
2026
Propiedad intelectual
XORXIOS®
La entrada en aplicación de la EUDR —Reglamento Europeo contra la Deforestación— introduce una nueva dimensión en la forma de gestionar las cadenas de suministro de café.
El objetivo de la EUDR es reducir el impacto de la actividad comercial de la Unión Europea sobre la deforestación y la degradación de los bosques a nivel mundial. Para ello, el Reglamento establece que determinadas materias primas y productos que se comercializan, se ponen a disposición en el mercado de la Unión Europea o se exportan deben poder demostrar que cumplen unos requisitos relacionados con su origen, trazabilidad, legalidad y ausencia de deforestación.
Para el café, esto significa que la información sobre el origen adquiere un peso mucho mayor. La trazabilidad deja de ser únicamente una herramienta comercial o de calidad y pasa a formar parte de los mecanismos utilizados para demostrar el cumplimiento de una obligación regulatoria.
Esto no significa que todos los actores de la cadena tengan que hacer lo mismo. Las obligaciones dependen de la posición que ocupe cada empresa dentro de la cadena de suministro y del tipo de operación que realice.
El objetivo de esta guía es explicar de forma clara y práctica qué implica la EUDR para el sector del café y, especialmente, para los distintos actores que participan en su cadena de valor. Como ya adelantamos en nuestro artículo sobre EUDR y el café de especialidad, la aplicación de esta normativa introduce cambios relevantes en la forma de gestionar la información y la trazabilidad del café.
Nuestro propósito es facilitar la comprensión de una normativa compleja y ayudar a nuestros clientes y colaboradores a entender qué información necesitan, qué responsabilidades les corresponden y cómo cambia la forma de gestionar el origen del café.
Contenido de la guía
¿Qué es la EUDR?
La EUDR es el Reglamento (UE) 2023/1115 de la Unión Europea relativo a las materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal, entre ellos el café.
La normativa prohíbe la comercialización, la puesta a disposición en el mercado de la Unión Europea y la exportación de determinados productos relevantes cuando no cumplen las condiciones establecidas por el Reglamento.
La EUDR denomina producto relevante a determinadas materias primas y productos incluidos en su ámbito de aplicación. Para identificarlos, el Reglamento establece en su anexo I una relación de productos clasificados según los códigos de la Nomenclatura Combinada (NC) de la Unión Europea. Esta clasificación permite determinar qué mercancías están sujetas a los requisitos de la EUDR.
En el caso del café, el Reglamento incluye los productos clasificados bajo el código 0901, que comprende el café, incluso tostado o descafeinado, así como las cáscaras y cascarillas de café y los sucedáneos que contengan café.
La Nomenclatura Combinada (NC) constituye la base de la clasificación arancelaria de las mercancías en la Unión Europea. A partir de esta clasificación se desarrolla el sistema TARIC, que incorpora las medidas y requisitos aplicables a las operaciones de importación.
Si quieres conocer mejor cómo funciona esta clasificación y qué papel desempeña el código TARIC en la importación de café, puedes consultar también nuestro artículo sobre documentación y aduanas en la importación de café Documentación y aduanas en la importación de café
La EUDR no se limita a las mercancías importadas desde terceros países. También puede afectar a productos obtenidos a partir de materias primas producidas dentro de la propia Unión Europea cuando posteriormente sean puestos en el mercado o exportados.
¿Qué exige la EUDR?
Para que un producto en el ámbito de aplicación pueda comercializarse, ponerse a disposición o exportarse, debe cumplir de forma acumulativa tres condiciones:
- Estar libre de deforestación.
En el caso de las materias primas agrícolas, deben proceder de terrenos que no hayan sido objeto de deforestación después del 31 de diciembre de 2020.
- Haber sido producido conforme a la legislación pertinente del país de producción.
El concepto de legalidad es amplio e incluye, entre otros elementos, los derechos sobre la tierra de los pueblos indígenas, la legislación ambiental y forestal cuando resulte aplicable, los derechos laborales y humanos y determinadas obligaciones fiscales, comerciales y relacionadas con la lucha contra la corrupción.
- Estar cubierto por el mecanismo de diligencia debida establecido por el Reglamento.
En función del tipo de operador y de la situación concreta, esto se materializa mediante una Declaración de Diligencia Debida (DDS) que garantice lo anterior o, en los casos previstos por el Reglamento, mediante una declaración simplificada.
La reforma introducida por el Reglamento (UE) 2025/2650 ha modificado de forma importante las obligaciones de los actores posteriores de la cadena, por lo que no todos ellos tienen actualmente que presentar una DDS propia. La DDS se presentará en el Sistema de Información de la EUDR (TRACES) antes de la comercialización, puesta a disposición o exportación del producto.

¿Qué significa que un café esté libre de deforestación?
Una de las referencias fundamentales de la EUDR es el 31 de diciembre de 2020, fecha a partir de la cual el Reglamento establece que no puede haberse producido una conversión de bosque a uso agrícola en las parcelas de las que procede el café.
En otras palabras, para que un café pueda considerarse libre de deforestación a efectos de la EUDR, las parcelas donde se produjo la materia prima no pueden haber sufrido esa transformación después de esa fecha.
La fecha no significa que la parcela tenga que estar registrada en un sistema europeo desde 2020 ni que el productor tuviera que realizar en aquel momento ningún procedimiento relacionado con la EUDR. Significa que la situación del terreno respecto a la deforestación se evalúa tomando como referencia esa fecha.
Esto introduce una diferencia importante respecto a la forma tradicional de identificar el origen del café. En el café de especialidad es habitual hablar de:
- país de origen;
- región;
- departamento o provincia;
- municipio;
- finca;
- cooperativa;
- productor;
- microlote;
- lote de exportación.
Estos datos siguen siendo relevantes, pero la EUDR introduce un nivel adicional de trazabilidad: cuando el Reglamento lo exige, el producto debe poder relacionarse con las parcelas en las que se produjo la materia prima y con la información necesaria para comprobar el cumplimiento de sus requisitos.
Por eso, la trazabilidad geográfica adquiere una importancia especial: permite relacionar el café comercializado con una localización concreta y evaluar el uso del suelo correspondiente.
Trazabilidad y geolocalización: del “origen” a la parcela
Uno de los cambios más relevantes que introduce la EUDR es la importancia de la geolocalización. Para los operadores sujetos a la obligación de Diligencia Debida, el Reglamento exige disponer de información geográfica sobre las parcelas en las que se produjeron las materias primas pertinentes.
En términos prácticos, esto supone pasar de una identificación del origen basada principalmente en una descripción comercial a un sistema de trazabilidad que permita relacionar el producto con las parcelas donde se produjo la materia prima.
La información necesaria no tiene por qué tener siempre la misma estructura comercial que utiliza una empresa para presentar un café a sus clientes. Un café puede venderse como un microlote, una mezcla de pequeños productores o un lote de una cooperativa. Lo relevante para el EUDR es que el sistema utilizado permita establecer la relación entre el producto y las parcelas correspondientes de forma coherente.
¿Cómo funciona la geolocalización?
- para parcelas de hasta 4 hectáreas, la localización puede indicarse mediante un punto de coordenadas, con latitud y longitud expresadas con al menos seis decimales;
- para parcelas de más de 4 hectáreas, debe proporcionarse un polígono que represente el perímetro de la parcela
Existe una excepción específica que permite no necesitar de datos de georeferenciación para el proceso de diligencias debidas. Cuando el operador (quién pone la mercancía en el mercado europeo) es también productor y pequeña o micro empresa, éste puede decidir utilizar su dirección fiscal o la dirección de las fincas como dato válido de georreferenciación.


¿Qué es la Diligencia Debida?
La Diligencia Debida es el proceso mediante el cual el operador determina si un producto relevante cumple los requisitos de la EUDR. En términos simplificados, puede entenderse en tres etapas:
1. Recopilar información
El operador debe obtener la información necesaria sobre el producto, su origen y las circunstancias de producción. En el caso del café, esto puede incluir:
- descripción y cantidad del producto;
- país de producción;
- información sobre los operadores y proveedores;
- datos de trazabilidad;
- geolocalización de las parcelas cuando resulte exigible;
- información relacionada con la legalidad de la producción.
2. Evaluar el riesgo
Cuando corresponde realizar una evaluación de riesgo, el operador debe valorar factores como el nivel de riesgo del país de producción, la complejidad de la cadena de suministro, el riesgo de mezcla, la posibilidad de elusión y otra información relevante.
La EUDR establece una clasificación de países en función del nivel de riesgo.
En los países clasificados como de bajo riesgo se aplica una diligencia debida simplificada. Esto no significa que desaparezcan todos los requisitos de información: siguen existiendo obligaciones específicas de recopilación de información y otras comprobaciones previstas por el Reglamento.
Para países de riesgo estándar o alto, el operador debe realizar la evaluación de riesgo completa y, cuando sea necesario, adoptar medidas de mitigación hasta alcanzar un nivel de riesgo despreciable.
3. Mitigar el riesgo cuando sea necesario
Si la evaluación identifica un riesgo de incumplimiento que no puede considerarse despreciable, deben adoptarse medidas de mitigación adecuadas. Estas pueden incluir la solicitud de información adicional, documentación complementaria, verificaciones o controles más profundos sobre la cadena de suministro.

La trazabilidad y las mezclas de producto
La trazabilidad es especialmente importante porque la EUDR no permite que una mezcla haga imposible demostrar el origen y el cumplimiento de los productos que la componen.
Por ejemplo, si se mezcla una materia prima cuyo cumplimiento con la EUDR está acreditado con otra cuyo origen o cumplimiento no puede demostrarse, y posteriormente no es posible identificar qué parte corresponde a cada una, la empresa puede no estar en condiciones de demostrar que el producto comercializado cumple los requisitos del Reglamento.
Por este motivo, no es necesario entender la EUDR simplemente como una prohibición del modelo de balance de masas. Lo importante es que el sistema de trazabilidad utilizado permita demostrar el origen y el cumplimiento del producto relevante y que las mezclas no hagan imposible mantener esa trazabilidad.
¿Quiénes están afectados por la EUDR?
No todos los actores de una cadena de café tienen las mismas obligaciones. Esta es probablemente una de las cuestiones más importantes para entender la aplicación práctica del Reglamento. Tras la reforma de 2025, el Reglamento distingue claramente entre operadores, operadores descendientes y comerciantes con obligaciones diferentes.
Operador (u operador ascendente)
Es, de forma simplificada, quien coloca por primera vez un producto relevante en el mercado de la Unión o quien lo exporta.
Es el actor al que corresponde, con carácter general, ejercer la Diligencia Debida sobre el producto que introduce en el ámbito regulado y el encargado de realizar la Declaración de Diligencia Debida que se ha de subir al Sistema de Información de la UE (TRACES).
Por ejemplo: XORXIOS® al ser los introductores de la mercancía en territorio único aduanero contamos como operador ascendente.
Operador descendente
Introducida específicamente por la reforma de 2025, es quien fabrica o transforma un producto sujeto a la EUDR a partir de otro producto que ya ha cumplido previamente con las obligaciones de diligencias debidas, y posteriormente lo comercializa en la UE o lo exporta.
Un claro ejemplo de operador descendente sería un chocolatero bean to bar. Éste adquiere el cacao, código 1801, de un operador ascendente y lo procesa en chocolate, código 1806. Ambos códigos están listados por separado en el anexo 1 de la EUDR, de forma que a esta empresa se le consideraría operador descendente.
Comerciante
Es una persona de la cadena de suministro distinta del operador o del operador descendente que, en el marco de una actividad comercial, pone un producto relevante a disposición en el mercado. Se diferencia entre grandes comerciantes y PYME, con obligaciones distintas.
Un tostador sería un claro ejemplo de comerciante: adquiere café verde de un operador y lo tuesta. En este proceso, el café verde, código 0901 11, pasa a ser café tostado, código 0901 12. EL código TARIC cambia, pero si nos referimos al anexo 1 de la EUDR veremos que tanto el café verde como el café tostado están amparados bajo el código común 0901, y no se hace mayor distinción. Al agrupar café verde y tostado, el anexo 1 nos indica que a efectos prácticos tostar el café no conforma una transformación relevante para la EUDR, de forma que el tostador ni naturaliza mercancía dentro de la UE (No es operador), ni la transforma de forma relevante (No es operador descendente).
Representante autorizado
Puede actuar en nombre de un operador o comerciante para determinadas actuaciones previstas por el Reglamento. La representación no elimina la responsabilidad del operador sobre el cumplimiento del producto.
Consumidor final
Sin obligaciones bajo la EUDR.

El papel del importador en la EUDR
En una cadena de suministro de café procedente de un tercer país, el importador puede ocupar una posición central porque la introducción del producto en el mercado europeo activa las obligaciones correspondientes al operador.
En términos generales, el operador debe poder demostrar que el producto cumple las condiciones de la EUDR. Esto implica trabajar con información sobre:
- el producto;
- el país de producción;
- las parcelas;
- la trazabilidad;
- la legalidad de la producción;
- los riesgos identificados;
- las medidas de mitigación cuando sean necesarias.
La información geográfica de las parcelas constituye una de las piezas más relevantes de este sistema. También es necesario conservar durante cinco años las Declaraciones de Diligencia Debida y la documentación correspondiente, de acuerdo con las obligaciones aplicables al operador.
La presentación de una DDS no constituye una “aprobación” previa por parte de las autoridades. La autoridad competente puede realizar controles posteriormente. Esto es importante porque una DDS debe entenderse como una declaración vinculada a la responsabilidad del operador, no como un certificado emitido por la Administración.
El papel del Operador Descendente
El operador descendente es una categoría introducida y redefinida por la reforma del Reglamento de 2025.
El operador descendente (downstream operator) es quien, sin introducir necesariamente la mercancía desde fuera de la UE, la transforma sustancialmente generando un nuevo producto relevante (p. ej., cacao en chocolate). Sus obligaciones son las siguientes (art. 5; Reg. (UE) 2025/2650):
Para todos los operadores descendientes:
- Conservar, durante al menos 5 años, los números de referencia de las DDS que amparan la mercancía.
- Identificar a sus proveedores y a los clientes que sean empresas (no el consumidor final).
Para empresas medianas y grandes (adicionales):
- Darse de alta en el Sistema de Información de la EUDR (TRACES).
- Verificar la validez de las DDS de los productos adquiridos cuando existan preocupaciones fundamentadas.
- Poner a disposición de las autoridades competentes el número de referencia de la DDS y la documentación de trazabilidad del lote.
Transformación: ¿cuándo cambia el papel de una empresa?
La transformación de un producto relevante puede determinar qué posición ocupa una empresa dentro de la cadena. Aquí existe una diferencia especialmente útil para entender el caso del café.

En el caso del café, las diferentes presentaciones relevantes se encuentran dentro de la partida 0901. Por ello, el paso de café verde a café tostado o descafeinado no genera por sí mismo un nuevo producto relevante a efectos del Anexo I, siendo una diferencia fundamental respecto al ejemplo del cacao.
Para una empresa tostadora, esto significa que el hecho de tostar café verde no la convierte automáticamente en un operador descendente por el mero hecho de transformar físicamente el café.
El papel del Comerciante
El comerciante es cualquier persona de la cadena de suministro que no sea operador ni operador descendente (que no importa ni transforma sustancialmente un producto relevante) y que ponga un producto relevante a disposición en el mercado.
Su papel es principalmente de trazabilidad e información.
Los operadores posteriores y comerciantes deben recopilar y conservar información sobre los proveedores y sobre las empresas a las que suministran el producto. Cuando el proveedor sea un operador, también deben conservar los números de referencia de las declaraciones de diligencia debida o los identificadores de las declaraciones correspondientes.
Esta información debe conservarse durante al menos cinco años. Los comerciantes y operadores posteriores que obtengan información relevante que indique un posible incumplimiento deben actuar conforme a las obligaciones de notificación previstas en el Reglamento.
En el caso de operadores posteriores y comerciantes que no sean PYME, existen además obligaciones específicas cuando, antes de comercializar o exportar, obtienen información que indique que un producto puede no cumplir el Reglamento. Si existen preocupaciones justificadas, deben verificar que se ha ejercido la diligencia debida y que no existe más que un riesgo despreciable antes de continuar con la operación.

Posibles sanciones por incumplimiento
El EUDR establece un régimen de sanciones para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones por parte de los distintos actores de la cadena de suministro. El artículo 25 contempla diferentes medidas que pueden aplicar los Estados miembros en función de la naturaleza y gravedad de cada incumplimiento.
Es importante contextualizar estas disposiciones: el Reglamento no establece una sanción automática para cada incumplimiento ni atribuye el mismo nivel de responsabilidad a todos los participantes de la cadena. Las obligaciones de un operador, un operador posterior y un comerciante son diferentes y, por tanto, también lo es el alcance de sus responsabilidades.
Entre las medidas que contempla el Reglamento se encuentran:
- Multas proporcionales a la naturaleza y gravedad de la infracción, teniendo en cuenta, entre otros factores, el daño medioambiental y el valor de los productos afectados. Para las personas jurídicas, el régimen sancionador debe permitir que el importe máximo de la multa sea, como mínimo, equivalente al 4 % del volumen de negocios anual total realizado en la Unión durante el ejercicio anterior.
- Confiscación de los productos afectados y de los ingresos obtenidos mediante las operaciones relacionadas con ellos.
- Exclusión temporal de procedimientos de contratación pública y de financiación pública, por un periodo máximo de 12 meses.
- En determinados supuestos de infracciones graves o reiteradas, prohibición temporal de introducir en el mercado, comercializar o exportar los productos afectados.
- En esos mismos supuestos, restricción del uso del procedimiento simplificado de diligencias debidas.
En la práctica, estas medidas deben entenderse dentro del sistema general de control del EUDR. No todas las empresas están sujetas a las mismas obligaciones ni cualquier incidencia documental implica automáticamente una sanción. Las autoridades competentes valorarán el incumplimiento concreto, las circunstancias del caso y las obligaciones que correspondan a cada empresa.
Para un tostador, por tanto, lo más importante es conocer qué papel desempeña su empresa dentro de la cadena de suministro y contar con la información y documentación necesaria de sus proveedores para poder acreditar el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan.
El objetivo del sistema es que la trazabilidad y la diligencia debida formen parte de una gestión ordenada de la cadena de suministro, más que convertir el cumplimiento del EUDR en una fuente de incertidumbre para las empresas.
EUDR y certificaciones
Las certificaciones de sostenibilidad pueden aportar información útil para una cadena de suministro, pero no deben confundirse automáticamente con el cumplimiento del EUDR.
Una certificación puede cubrir aspectos relacionados con:
- prácticas agrícolas;
- sostenibilidad;
- condiciones sociales;
- trazabilidad;
- gestión ambiental;
- cadena de custodia.
Pero el cumplimiento del Reglamento depende de los requisitos establecidos por la propia EUDR. Por tanto, disponer de una certificación no significa automáticamente que una empresa quede exenta de las obligaciones que le correspondan.
Al mismo tiempo, determinadas certificaciones, sistemas de trazabilidad y herramientas de información existentes pueden facilitar la recopilación de datos que posteriormente resulten útiles para el cumplimiento.
Fechas de aplicación de la EUDR
La EUDR ha sufrido modificaciones importantes desde su aprobación inicial. Tras el Reglamento (UE) 2025/2650, las principales fechas de aplicación son:
- 30 de diciembre de 2026: aplicación general para grandes y medianas empresas.
- 30 de junio de 2027: aplicación para las micro y pequeñas empresas a las que corresponde este periodo ampliado.
La fecha concreta puede depender también de la situación jurídica de la empresa y de las disposiciones transitorias aplicables.
Casos especiales
La aplicación práctica de la EUDR puede dar lugar a situaciones en las que una misma empresa ocupe distintas posiciones dentro de la cadena de suministro, o en las que resulte necesario tener en cuenta el periodo transitorio.
Estos son algunos de los casos que pueden plantearse.
H3- Empresa mediana o grande que compra mercancía a un operador micro o pequeño durante el periodo transitorio
Puede darse el caso de que una empresa mediana o grande compre productos a un operador micro o pequeño durante el periodo en el que todavía resulta aplicable su régimen transitorio.
El café importado por un operador ascendente durante la aplicación del periodo transitorio queda exento de la presentación de un DDS y de las operaciones de análisis de riesgo con respecto a la EUDR. Esta exención se extiende a los siguientes eslabones de la cadena de suministro, siempre que pueda demostrarse que el café fue despachado a libre práctica durante el periodo transitorio de una empresa acogida a dicho régimen.
H3- Operador ascendente que también procesa la materia prima
Una empresa puede ocupar más de una posición dentro de la cadena de suministro.
Por ejemplo, puede introducir una materia prima relevante en la UE y, posteriormente, transformarla para obtener otro producto relevante. En este caso, puede actuar como operador ascendente en relación con la primera operación y como operador descendente en relación con la segunda.
Las obligaciones concretas deben analizarse en función de los productos relevantes involucrados y de las reglas de trazabilidad que les sean aplicables. No obstante, disponer de la información correspondiente a su posición como operador ascendente puede facilitar el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan como operador descendente.
H3 -Importación de una materia prima relevante y compra de otra materia prima para fabricar un producto
También puede darse el caso de que una empresa importe directamente una materia prima relevante y, al mismo tiempo, compre otra materia prima relevante a otro operador para fabricar un producto posterior.
En esta situación pueden coexistir distintas posiciones y obligaciones dentro de una misma empresa. Por ello, la empresa debe analizar por separado:
- el producto que introduce directamente;
- el producto que adquiere de otro operador;
- el producto resultante;
- las declaraciones o identificadores asociados;
- la trazabilidad necesaria para demostrar el cumplimiento.
Productor en origen que introduce directamente la mercancía en la UE
La obligación no depende únicamente de que una empresa sea productora.
Si el productor situado en origen es quien realiza la operación de introducción en el mercado europeo, puede asumir directamente las obligaciones que correspondan al operador. En ese supuesto, deberá analizar los requisitos administrativos y operativos necesarios para actuar como operador, incluidos los relativos al sistema de información y, cuando corresponda, a la identificación aduanera.
¿Qué significa la EUDR para un tostador de café de especialidad?
Para un tostador de café de especialidad, la EUDR no significa necesariamente asumir las obligaciones que corresponden al operador que introduce el café en el mercado de la Unión Europea. Como hemos visto anteriormente, su impacto depende en primer lugar del papel que ocupe el tostador dentro de la cadena de suministro.
Sin embargo, la EUDR sí introduce un cambio importante en la forma de gestionar el origen del café. Muchos de los datos que ya forman parte de la trazabilidad habitual del café de especialidad —el país de origen, la región, la finca, la cooperativa, el productor, el microlote o el lote de exportación— adquieren una nueva dimensión cuando deben utilizarse también para demostrar el cumplimiento de una normativa.
Esto hace especialmente importante distinguir entre trazabilidad comercial y trazabilidad regulatoria.
Un café puede estar perfectamente trazado desde el punto de vista comercial y, sin embargo, necesitar información adicional para cumplir con las exigencias de la EUDR. Por ejemplo, conocer que un café procede de:
Colombia → Huila → Productor/cooperativa
puede ser suficiente para explicar su origen y diferenciarlo comercialmente. Pero esta información no equivale necesariamente a disponer de los datos geográficos que exige la EUDR para las parcelas en las que se produjo el café.
La diferencia es importante: la trazabilidad comercial busca explicar de dónde procede un café y qué lo hace diferente; la trazabilidad exigida por la EUDR debe permitir además demostrar que ese producto cumple los requisitos establecidos por el Reglamento.
Para el tostador, esto significa que no basta con conocer bien el café desde el punto de vista comercial. También debe comprender qué información necesita recibir de sus proveedores y qué obligaciones le corresponden realmente según su posición en la cadena.
En este sentido, la EUDR puede reforzar una tendencia que ya estaba presente en el café de especialidad: conocer con mayor precisión de dónde procede el café y mejorar la transparencia de la cadena de suministro.
¿Cómo puede prepararse un tostador?
La preparación para la EUDR no implica necesariamente crear nuevos procedimientos complejos. Para un tostador, puede ser suficiente con tener claro quién le suministra el café, qué papel ocupa ese proveedor en la cadena y qué información debe acompañar al producto en cada operación.
También resulta conveniente que la empresa pueda relacionar la información recibida con los cafés y lotes que compra y que sepa cómo actuar si posteriormente recibe información que pueda indicar un posible incumplimiento.
Para mantener la trazabilidad y asegurar el cumplimiento EUDR, el tostador debería de evitar cometer los siguientes errores:
- Mezclar lotes sin control.
- Perder la identificación del origen.
- Separar producto de su documentación.
- Declarar un origen distinto al recibido.
- Modificar información EUDR.
En definitiva, prepararse para la EUDR consiste principalmente en integrar la información relevante en la gestión habitual de las compras y entender las obligaciones que corresponden a la propia empresa, sin asumir automáticamente las que corresponden a otros actores de la cadena.

Preguntas frecuentes sobre la EUDR
La aplicación de la EUDR plantea dudas especialmente cuando se intenta trasladar el Reglamento a situaciones concretas de la cadena de suministro. Estas son algunas de las preguntas más habituales.
¿Qué debe hacer un tostador para prepararse para la EUDR?
No necesariamente asumir nuevas obligaciones, sino tener claro qué papel ocupa en la cadena, quién le suministra el café y qué información debe acompañar a cada operación.
También es conveniente poder relacionar esa información con los cafés y lotes adquiridos y contar con un procedimiento para actuar si aparece información que pueda indicar un posible incumplimiento.
Si el país de producción es de bajo riesgo, ¿necesito geolocalización?
Sí como regla general. La clasificación de bajo riesgo simplifica determinados aspectos de la Diligencia Debida, pero no elimina automáticamente los requisitos de información. Existen además excepciones específicas para determinados micro y pequeños operadores primarios.
Si tengo una certificación, ¿el café ya cumple la EUDR?
No necesariamente. Una certificación puede aportar información útil para demostrar determinados aspectos de la cadena de suministro, pero el cumplimiento de la EUDR se determina conforme a los requisitos establecidos por el Reglamento.
¿El tostador tiene que hacer la Diligencia Debida del importador?
No necesariamente. Las obligaciones dependen de la posición jurídica que ocupe la empresa y de la operación que realice. Comprar café a un proveedor dentro de la Unión Europea no convierte automáticamente al tostador en el operador que realizó la importación.
¿Toda transformación convierte a una empresa en operador posterior?
No. La transformación, por sí sola, no determina esta condición. Hay que comprobar si el resultado de la operación es otro producto relevante incluido en el ámbito de aplicación de la EUDR.
El café y el cacao ofrecen un buen ejemplo: la transformación del café verde en café tostado se encuentra dentro del mismo código de producto relevante, mientras que determinadas transformaciones del cacao pueden dar lugar a otro producto incluido en el Reglamento.
¿La EUDR solo afecta a las empresas que importan?
No. El Reglamento establece obligaciones para distintos actores de la cadena y también se aplica a determinados productos producidos dentro de la Unión Europea. Las obligaciones concretas dependen del papel que desempeñe cada empresa.
¿La EUDR es solo una cuestión documental?
No. La documentación es una parte importante del proceso, pero el objetivo es poder demostrar de forma coherente la relación entre el producto, su origen, su trazabilidad, la situación de las parcelas y el cumplimiento de la legislación aplicable.
¿Conocer el país de origen es suficiente para cumplir la EUDR?
No necesariamente. El país de origen es una primera capa de información, pero la EUDR puede exigir información mucho más precisa sobre el lugar donde se produjo la materia prima, incluida la geolocalización de las parcelas cuando corresponda.
¿Todos los actores de la cadena tienen que disponer de la misma información?
No. Las obligaciones y la información necesaria dependen de la posición que ocupe cada empresa, del producto y de la operación realizada. Por eso es importante distinguir entre la información utilizada para describir comercialmente un café y la información necesaria para cumplir con la EUDR.

El futuro con la EUDR
La adaptación a la EUDR supone un reto para toda la cadena de suministro. No se trata únicamente de incorporar nuevos documentos o procedimientos, sino de establecer sistemas que permitan gestionar de forma coherente la información sobre el origen, la trazabilidad y la legalidad de los productos.
En este proceso, el importador ocupa una posición especialmente relevante, al actuar como vínculo entre las cadenas de suministro de origen y el mercado europeo. La calidad y fiabilidad de la información que recibe, verifica y pone a disposición del resto de la cadena serán fundamentales para facilitar el cumplimiento del Reglamento.
Para el café de especialidad, la EUDR refuerza además una evolución que el sector ya había comenzado: el origen deja de ser únicamente una parte de la historia que contamos sobre un café y pasa a ser también una parte esencial de la información que permite demostrar cómo se ha producido y trazado.
La EUDR no convierte a todos los actores de la cadena en responsables de todo.
Establece responsabilidades diferentes y hace que disponer de información fiable sobre el origen, la trazabilidad y la legalidad de la producción sea cada vez más importante.
Bibliografía
Esta guía ha sido elaborada a partir de fuentes oficiales de la Unión Europea, principalmente el Reglamento EUDR, sus modificaciones y los documentos de orientación publicados por la Comisión Europea.
Normativa y documentación oficial
- Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal (EUDR).
- Modificación del EUDR relativa a los operadores y comerciantes, Comisión Europea, 2025.
- Modificación del EUDR relativa a pequeñas y microempresas, Comisión Europea.
- Roles and responsibilities, Comisión Europea — Green Forum. Documento de referencia sobre las funciones y obligaciones de los distintos actores de la cadena de suministro en el marco del EUDR.
- Frequently Asked Questions (FAQ) on the EU Deforestation Regulation, Comisión Europea, actualización de abril de 2026.
Nota sobre actualización de la información
El contenido de esta guía se ha elaborado con base en la normativa y documentación oficial disponible en el momento de su elaboración.
El marco regulatorio del EUDR se encuentra sujeto a modificaciones, actualizaciones y nuevos documentos de interpretación y orientación por parte de las instituciones de la Unión Europea. Asimismo, determinados aspectos de su aplicación práctica pueden desarrollarse mediante normativa y actuaciones de las autoridades competentes de los Estados miembros.
Por este motivo, la información recogida en esta guía puede quedar modificada o actualizada con posterioridad a su publicación. Recomendamos consultar siempre las fuentes oficiales de la Unión Europea y la normativa aplicable en cada momento antes de adoptar decisiones basadas en esta información.
Esta guía tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la consulta de la normativa vigente o de las autoridades competentes.


